martes, 19 de marzo de 2013

PROCEDIMIENTO PENAL

EL PROCEDIMIENTO PENAL EL PROCEDIMIENTO PENAL ESTUDIADO EN FORMA CONCRETA DESDE LA DENUNCIA HASTA SENTENCIA, APELACION Y AMPARO.


 La primera fase del procedimiento penal que se sigue en el Estado es la de averiguación previa. En esta etapa el Agente del Ministerio Público recibe las querellas de aquellas personas que fueron víctimas de la posible comisión de un delito, o las denuncias que presentare una víctima o alguna otra persona que tenga conocimiento de la comisión de un posible hecho delictuoso. Posteriormente, investiga los hechos a través de la declaración de testigos, inspecciones en el lugar de los hechos, dictámenes periciales, etc. En el caso de que estime que existen elementos que sean constitutivos de delito así como la probable responsabilidad de determinada persona, ejercitará la acción penal ante un juez competente. De no ser así, se dictará acuerdo de archivo respecto del cual la parte agraviada tiene el derecho de promover juicio de amparo. 

El ejercicio de la acción penal significa, que el juez penal competente toma conocimiento del expediente que le fue remitido por el Agente del Ministerio Público; si la persona está detenida, el juez de inmediato a través de su personal, le indica al detenido qué día y a qué hora se le tomará su declaración preparatoria, esto, dentro de un término de 48 horas contadas a partir del momento en que fue puesto a su disposición. Posteriormente de que se le toma su declaración preparatoria, siempre asistido por su defensor, el juez está obligado a resolver su situación jurídica dentro de un plazo de 72 horas posteriores a que fue puesto a su disposición, término que podrá ser ampliado a petición suya por otro lapso igual para el efecto de ofrecer pruebas, cuya resolución podrá consistir en un auto de formal prisión o de libertad por falta de pruebas para procesar.

 El inculpado, nombre que recibe aquél a quien se le instruye un proceso penal, puede solicitar desde que es puesto a disposición del juez, su libertad provisional bajo caución, siempre y cuando el delito por el cual se le procesa no sea de los considerados como graves por la ley. Por otro lado, en el caso de que el juez reciba el expediente que le envió el Ministerio Público sin que exista persona detenida, dictará un auto de inicio y estudiará las constancias para determinar si procede dictar una orden de aprehensión en contra de quien presumiblemente cometió el delito.

ciencias auxiliares de la medicina legal

la medicina legal tiene varias ciencias auxiliares entre las cuales destacan:

  • TOXICO-LOGIA: básicamente se enfoca en la dosis que se encuentra en el cuerpo, y el efecto que causa la sustancia en el organismo, llámese sustancia solida, liquida, gaseosa. como las sustancias solidas mas comunes son la sosa, plomo, etc.,. Entre las liquidas están en arcenico y el mercurio. Y en gas se encuentran el gas domestico, CO2 y la combustión. La toxicologia ayuda a un medico legista a determinar la causa de muerte dependiendo si la intoxicación es leve, grave que puede poner en riesgo la vida misma o solo causa deterioro de la salud.

  • Dactiloscopía: La disciplina científica que estudia las huellas dactilares y dentro de ella existen dos grandes ramas con su propia clasificación de huellas.Aunque la gran mayoría de las impresiones dactilares pueden hallarse en el lugar del hecho del delito, en otros casos es necesario que los objetos que posiblemente tengan huellas latentes sean trasladados a los laboratorios para su reactivación, utilizando polvos, vapores de yodo, ciano-acrilato de sodio o por medio del rayo láser. Depende de las condiciones en que se haga el dactilograma (impregnando o no de substancias de color distinto al soporte en que asiente), y de las características del soporte (materias plásticas o blandas, en debidas condiciones). Sin embargo, es una característica individual que se utiliza como medio de identificación de las personas.

  • Antropología Forense: En referencia al concepto de la antropología física forense, ésta se considera como una disciplina derivada de la Antropología Física, que aplicando técnicas y métodos de esta, coadyuva en la administración y procuración de justicia.Encargándose de “establecer la identidad de individuos involucrados en problemas médico-legales, ya sean individuos vivos o cadáveres, con la finalidad de individualizar e identificar a una persona, mediante las características físicas, propias de cada sujeto".Uno de los aspectos que el antropólogo forense aborda constantemente es la identificación de personas, a través de diversas técnicas que le permiten elaborar un reconocimiento a nivel biológico del individuo, el cual al verse inmerso en una cultura acoge elementos que se reflejan invariablemente en su persona (por ejemplo las marcas de actividad).
  • Química: El laboratorio químico es la unidad de servicios auxiliares que sirve para establecer con certeza en el momento mismo de la muerte el estado real de intoxicación ya sea con el consumo de alcohol etílico o el consumo de drogas de abuso con que cursaba un individuo, por lo mismo es auxiliar muchas de las veces en el establecimiento de la causa misma de la muerte
  • GENETICA: El advenimiento de la moderna tecnología del ADN ha resultado en un incremento en la habilidad para desarrollar pruebas de identificación humana. La identificación individual es deseable en un sin número de situaciones incluyendo la determinación de la perpetración de un crimen violento tal como un asesinato o una violación, resolución de paternidad e identificación de restos de personas extraviadas, así como en los casos de desastres masivos. El ADN es un acrónimo para el ácido desoxirribonucleico. Es una biomolécula, la cual se encuentra en el núcleo de cada una de las células que componen el cuerpo humano (excepto en los glóbulos rojos que carecen de núcleo, por ser células muy especializadas). Es heredada de ambos progenitores y es única para cada individuo, con excepción de los gemelos idénticos. Cada molécula de ADN consiste en dos cadenas entrelazadas, cada una complementaria a la otra, dirigida en direcciones opuestas y forman una doble hélice, semejante a una escalera. Cada peldaño de la escalera tiene un par de grupos químicos llamados bases (nucleótidos), unidos por puentes de hidrogeno. Hay cuatro tipos de base conocidas por sus letras iniciales: A (adenina), G (guanina), C (citocina) y T (tiamina). Estas bases se combinan en pares específicos A con T y G con C, de aquí que la secuencia de una cadena de la doble hélice, es complementaria con la otra cadena.
  • psicología forense: es una rama de la Psicología jurídica que se ocupa de auxiliar al proceso de administración de Justicia en el ámbito tribunal. Es una división de la psicología aplicada relativa a la recolección, análisis y presentación de evidencia psicológica para propósitos judiciales. Por tanto, incluye una comprensión de la lógica sustantiva y procesal del Derecho en la jurisdicción pertinente para poder realizar evaluaciones y análisis psicológico-legales e interactuar apropiadamente con jueces, fiscales, defensores y otros profesionales del proceso judicial.
    Un aspecto importante de la Psicología Forense es la capacidad de testificar ante un juzgado en condición de perito experto, reformulando hallazgos psicológicos en el lenguaje legal de los juzgados para proveer información al personal legal de una forma que pueda ser entendida y aprovechada. En cada país, los psicólogos forenses deben entender la psicología, reglas y estándares del sistema jurídico nacional para que sean considerados como testigos creíbles. Es fundamental el entendimiento del modelo acusatorio bajo el cual funciona el sistema. También existen reglas sobre la presentación oral de la pericia, e incluso, la falta de una comprensión firme de los procedimientos judiciales resultará en la pérdida de credibilidad del psicólogo forense en el juzgado y su eventual recusación para excluirlo del proceso. Un psicólogo forense puede ser entrenado en psicología clínicasocialorganizacional o cualquier otra rama de la psicología, sin embargo la adecuada comprensión teórica y experiencia práctica en evaluación psicológica a través de instrumentos psicométricos y proyectivos así como de la psicopatología son fundamentales para la práctica pericial.
    Generalmente, las preguntas que se proponen a los psicólogos forenses en el tribunal no son relativas a cuestiones psicológicas, sino más bien legales; y la respuesta debe ser en un lenguaje que el tribunal comprenda. Algunos aspectos que comúnmente son objeto de interrogación del sistema judicial a los psicólogos forenses son la competencia del acusado para someterse a juicio y ejercer su legítimo derecho a la defensa, o que se dictamine el estado mental del procesado al momento de cometer el crimen por el que es acusado, de forma de conocer la comprensión de la criminalidad del acto punible y la capacidad del imputado para dirigir sus acciones al momento de la comisión del delito, lo que tiene una incidencia directa sobre la responsabilidad penal que se le pueda imputar.

lunes, 18 de marzo de 2013

definición y objeto de estudio de la medicina legal

MEDICINA LEGAL
Es la rama de la medicina con un método de investigación para obtener un resultado y así poder determinar las lecciones y/o posibles causas de muerte, y al mismo tiempo poder determinar si es considerado un delito o no.
En concreto es una rama de la medicina general que contribuye a elaborar o investigar las posibles causas de un delito asociadas al estudio de las lecciones, el cadáver y con el propósito de esclarecer una situación de carácter legal.

a continuación algunos tipos de accidentes y/o lesiones:

ACCIDENTES Y LESIONES


Los accidentes y las lesiones afectan a individuos y a familias de manera física, económica y emocional. Cuando conductores, fabricantes, médicos, dueños de propiedades u otros cometen errores de negligencia o descuido, pueden ser legalmente responsables por los daños que ocasionados.
Según el tipo de daño, los casos de lesiones personales pueden requerir el testimonio de profesionales con conocimiento de un tema especial, tal como médicos, investigadores, expertos que reconstruyen las escenas de accidentes y economistas que analizan el impacto económico de un evento.
La práctica legal en el área de accidentes y lesiones abarca una gran variedad de temas, tal como los accidentes vehiculares, los riesgos que posan los contaminantes al ambiente, medicamentos defectuosos y productos peligrosos. En FuenteLegal, le proveemos información para que usted decida que plan de acción tomar si usted o un ser querido sufre una lesión.

ACCIDENTES DE VEHICULO

Los accidentes vehiculares no solo afectan a los automóviles, si no a las motocicletas, bicicletas, camiones, barcos, lanchas y a trenes. Cuando su auto se averia por causa de un accidente enfrentará dificultades, pero la situación se agravará aun mas si usted es lesionado por el mismo.

RESPONSABILIDAD DEL PRODUCTO

La responsabilidad del producto se refiere a la obligación legal de una o más partes de los responsables por la fabricación de un producto que causa daño. Esto incluye al fabricante, mayorista que distribuye el producto y al dueño de la tienda que vende el producto.

MEDICAMENTOS Y DISPOSITIVOS DEFECTUOSOS

Los medicamentos, incluso aquellos aprobados por la Administración Federal de Drogas (o FDA por sus siglas en inglés), pueden tener efectos secundarios desconocidos por el público. Una empresa farmacéutica puede ser legalmente responsable por no proveer las advertencias adecuadas a los consumidores de su producto. En algunos casos la compañía farmacéutica se apresuro en llevar su producto al mercado sin hacer suficientes análisis sobre las reacciones negativas u otros efectos del medicamento.

ACCIDENTES DE CONSTRUCCION

Los accidentes de construcción pueden resultar en graves lesiones. Una ley federal, llamada: Occupational Safety and Health Act, fue aprobada para mantener un ambiente libre de peligro en los sitios de trabajo y para prevenir y eliminar los accidentes que pueden ocurrir.

RESPONSABILIDAD DE ESTABLECIMIENTO

La responsabilidad del establecimiento obliga al dueño de un negocio a tomar medidas para prevenir cualquier accidente que pudiera lastimar a alguien allí. La responsabilidad del sitio dicta que el dueño de un terreno o una propiedad puede ser declarado responsable por una lesión que alguien sufra en su terreno. Si alguien se lastima en propiedad ajena, su estatus en ese sitio -- ya sea visitante, cliente o intruso -- será considerado para decidir la proteccion legal otorgada al individuo.

DAÑOS CAUSADOS POR SUSTANCIAS TOXICAS

Un daño causado por una sustancia toxica, por ejemplo, el plomo o el asbesto, puede afectar a muchas personas. Generalmente, cuando se hace una demanda, involucra a múltiples demandantes porque varias personas han sido expuestas al químico o toxina que les causó enfermedad o les afectó en una manera dañina.

MUERTE POR NEGLIGENCIA

Una muerte culposa es una que resulta de la conducta negligente de otra persona. Es un reclamo civil presentado por los familiares o sucesores del difunto.

MORDEDURAS DE PERRO

Las victimas de un perro frecuentemente tienen una causa para reclamar contra el dueño si el perro los muerde o ataca. El castigo que enfrentarán el perro y el dueño depende de la raza del perro y si el animal tiene historia de agresión. Los dueños del perro también tienen algunas defensas en caso de que su perro hiera a alguien.

NEGLIGENCIA MEDICA

La negligencia o mala práctica médica es la negligencia de un médico o proveedor de atención médica que tiene como consecuencia una lesión o la muerte de un paciente.

domingo, 3 de marzo de 2013

las investigaciones de un delito en mexico





EL DELITO EN MÉXICO

pues el medico forense básicamente va a trabajar solo en el SEMEFO del estado de donde sea el seria el encargado de determinar las causas de la muerte de una persona dentro de las cosas que hace el medico forense es revisar ciertas características que presenta el cuerpo de la persona como lesiones, golpes, moretones, tatuajes para la identificación de la persona es decir que inicia con el exterior del cuerpo para posteriormente y de acuerdo a las circunstancias en que sucedió la muerte hacer una revisión al interior del cuerpo en muchas ocasiones se hace atraves del pecho o del cráneo mediante su apertura para buscar indicios que determinen la muerte puedes buscar en Internet manuales sobre las diligencias que se llevan acabo durante la averiguación previa.
INVESTIGACIÓN DE DELITOS 
La investigación de un delito puede ser un proceso complicado y su gestión puede ser 
profundamente compleja (en el anexo del presente documento figura un diagrama de las distintas 
etapas posibles de una investigación reactiva). En la subsección siguiente se describen los 
componentes básicos de la investigación del delito, pero la lista no es exhaustiva. 
5.1 DENUNCIA DEL DELITO 
No bien se denuncia un delito, alguien debe examinar o clasificar la denuncia junto con cualquier 
hecho que la corrobore y asignar suficientes recursos para atenderla. Esta decisión puede resultar 
más difícil cuando existen prioridades en pugna y solo recursos limitados para ocuparse de ellas. 
La comisión de un delito puede llegar a conocimiento de la policía por distintos caminos. La policía 
puede descubrir o presenciar un delito directamente en el curso de una patrulla o de una 
investigación ordinaria, o puede ser alertada por la activación de un sistema automático de alarma, 
pero, por lo general, un miembro del público (la víctima o un testigo) llama por teléfono o se 
presenta a una comisaría para hacer la denuncia. 
La denuncia inicial del delito y las medidas adoptadas inmediatamente después se consideran de 
extrema importancia. Los investigadores suelen hablar de la “hora de oro” que sigue a la comisión 
de un delito, durante la cual las pruebas se mantienen frescas, las muestras forenses no se han 
contaminado, todavía hay testigos en la zona y, muchas veces, también está ahí el sospechoso. 


5.3 REUNIÓN DE INFORMACIÓN Y PRUEBAS 

La presunción de inocencia exige que la persona acusada se considere inocente hasta que el fiscal, 
que tiene la carga de probar la culpabilidad del imputado, pruebe que esa persona cometió el delito 
“más allá de toda duda razonable” (la norma de la prueba). En algunos sistemas, la norma de la 
prueba es diferente. La carga del fiscal puede consistir, por ejemplo, en probar que el imputado 
cometió el delito en “l’intime conviction” (certitud absoluta) del juez. Por consiguiente, en un sistema 
que funcione de manera racional, el resultado de una causa penal dependerá de la calidad y peso 
de la prueba. Ésta es, simplificando, la suma de elementos de información que, tomados en su 
conjunto, indican si se cometió un delito y quién lo cometió. Cuando existan suficientes pruebas 
para convencer al juzgador de hecho (el juez o jurado o evaluador) de que no hay ninguna duda 
razonable de que la persona acusada es la que cometió el delito, el veredicto apropiado será, 
entonces, el de culpable. Las normas de admisibilidad de la prueba varían de un Estado a otro. En 
algunos Estados las normas son tan liberales que permiten que el juez considere prácticamente 
todas las pruebas para llegar a su conclusión (estas normas son aplicables generalmente cuando el 
juzgador de hecho es un juez). En estos sistemas, el juez puede haber tenido acceso a las pruebas 
antes del juicio y, por tanto, no tienen el mismo peso que las “pruebas directas” o testimonios de los 
testigos en el juicio. 

En otros ordenamientos jurídicos, existen complejas normas de admisibilidad de la prueba que 
contienen reglas de exclusión y de testimonio de referencia o de oídas. Su objeto es eliminar las 
pruebas reunidas en violación de los derechos del sospechoso o del imputado. Por ejemplo, el 
artículo 15 de la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas 
Crueles, Inhumanos o Degradantes estipula que los Estados deben asegurarse de que toda 
declaración que, según se ha establecido, fue hecha como resultado de la tortura no podrá usarse 
como prueba en ninguna actuación, salvo en actuaciones contra la persona acusada de tortura. Las 
reglas sobre el testimonio “de oídas” procuran excluir pruebas consistentes en declaraciones 
hechas fuera del tribunal. Muchos países donde existen la regla de exclusión y la regla contra el 
testimonio de oídas tienen juicios penales por jurado. Con todo, es preciso tener en cuenta que, 
dada la mezcla de reglas diversas en los distintos ordenamientos jurídicos, las reglas de exclusión 
se están introduciendo en ordenamientos en que no hay juicio por jurados y la causa la decide un 
juez. El evaluador debería tratar de averiguar si es un juez o un jurado el que determina la 
culpabilidad del imputado, si el juez tiene acceso a las pruebas por adelantado, si existe un sistema 
liberal de admisibilidad de la prueba o si se aplican estrictas reglas de testimonio de oídas. El 
evaluador debería averiguar también si existen o no reglas de exclusión. 
Las normas de admisibilidad de la prueba adoptadas por un sistema de justicia pueden impedir que 
el juzgador de hecho tenga en cuenta ciertos tipos de información por ser perjudicial a los intereses 
del acusado (y su tendencia a influir negativamente al juzgador de hecho que evalúa las pruebas) lo 
cual anula su utilidad (valor probatorio). Ejemplo de ello es la existencia de antecedentes 
criminales, que pueden admitirse solo cuando el delito cometido es único por su modalidad u otra 
excepción definida dentro de límites muy estrechos a la prohibición general de sacar a relucir 
antecedentes penales. Otros tipos de pruebas pueden ser excluidos porque en algunos sistemas se 
considera que no son intrínsecamente fiables, como el testimonio de oídas (la declaración por una 
persona de lo que dijo otra), aunque existen excepciones, con límites muy estrictos, a la 
admisibilidad de dichas pruebas para permitir el uso de algunas declaraciones como, por ejemplo, 
las declaraciones de un moribundo, las declaraciones de alguien presa de la emoción y las 
declaraciones contra los propios intereses. 
El testimonio de referencia o de oídas es admisible en otros sistemas, especialmente cuando es un 
juez profesional, y no un jurado, el que decide la causa. La idea es que el juez es lo bastante 
competente para sopesar las pruebas y asignarles su valor probatorio relativo. No en todos los 
países existen estas normas, pero es importante que el evaluador comprenda la influencia de las 
normas de admisibilidad de la prueba o su ausencia en el proceso de investigación. En ese 
contexto, resulta evidente la importancia de que el investigador reúna a conciencia y con el mayor 
cuidado la información destinada a convertirse en prueba de suficiente peso para superar la carga 
de la prueba.